En esta 2ª parte del artículo: 12 claves sobre la reforma del código penal de 2015, vamos a hablar sobre los nuevos delitos que a partir de este 1 de julio, vienen recogidos en el código penal.
Nuevos delitos como el acoso indirecto, la difusión de vídeos sexuales, financiación de partidos políticos…también, vamos a tratar determinados temas, que son de actualidad e interesan a la mayoría de ciudadanos.
Los nuevos delitos
1.- El acoso indirecto o «stalking». Este es el conocido acoso, acecho u hostigamiento mediante llamadas, persecución, envío masivo de whatsapp, mensajes o emails, ir a sitios donde sabe que irá la víctima, hacerle llegar mensajes a través de otras personas, generar rumores… que hasta ahora no estaba regulado ni recogido como delito.
2.- El «sexting». Se trata del envío de contenidos sexuales producidos generalmente por el propio remitente, a otras personas, por medio de teléfono móvil u otros medios informáticos. La difusión sin consentimiento de estas fotos o vídeos, entra dentro de los nuevos delitos.
3.- La financiación ilegal de los partidos político. Y algunos pensaran: a buenas horas, mangas verdes! Y otros contestarán: Más vale tarde que nunca!
4.- El marisqueo furtivo. El que recolecte marisco sin la debida autorización administrativa, especialmente los percebes, podría ser condenado por uno de estos nuevos delitos, con penas de hasta dos años de prisión. Por lo que si estás pensando en irte este veranito a las Rías Baixas a coger unos cuantos percebes…mejor piénsatelo dos veces.
5.- El maltrato animal y zoofilia. Se castiga la zoofilia y las peleas de gallos y perros así como el abandono cuando la vida del animal esté en peligro. Además, se inhabilita de uno a tres años a los maltratadores para tener mascotas, y para profesiones que tengan que ver con animales.
6.- Dentro de los delitos ya existentes de pornografía infantil, se incluirá en la lista de nuevos delitos el hecho en sí mismo de contactar con un menor a través de medios tecnológicos para embaucarle y que facilite imágenes pornográficas.
Estos son los nuevos delitos que todos debemos conocer, y esperemos no modifiquen hasta dentro de un tiempo. Cuesta un poco estar haciéndose a una reforma cada 3 días. Para terminar con esta información sobre las claves de la reforma del código penal, dos novedades interesantes:
– Atentado contra la autoridad. Por fin, los médicos y profesores pasarán a ser considerados autoridad, siempre que estén en el ejercicio de sus funciones. Hasta ahora lo eran por ejemplo: policías, guardias civiles, jueces…Por ello, las agresiones y amenazas graves sobre profesores y médicos se castigarán con hasta 3 años de prisión.
– Cierre de mezquitas. Este subtitular es algo sensacionalista, lo leí en un periódico, ¿por qué no el cierre de una sinagoga, de una iglesia o de la asociación de padres de alumnos del colegio de tu pueblo? Creo que así, conseguiremos el efecto contrario al deseado, que haya más radicalismo. Cuestión, la reforma indica que se podrá cerrar cualquier establecimiento, religioso o civil, si incita al odio o al radicalismo.
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