¿Hacemos un contrato laboral o mercantil?

Una pregunta muy importante en el tráfico comercial. Hace unos días, un cliente habitual, empresario con muchos años de experiencia, vino con el siguiente problema: la inspección de trabajo le estaba investigando porque la relación comercial que tenía con un autónomo, podría ser considerada una relación laboral.

Las consecuencias más graves serían:

-Reclamación del pago de los seguros sociales que le correspondieran de los últimos 4 años

-El alta de oficio como asalariado.

-Una sanción económica muy grande.

Por tanto, es fundamental distinguir entre contrato laboral o mercantil. Veamos las diferencias.

Contrato de trabajo

El contrato laboral, se basa en 5 puntos:

1- Dependencia de las instrucciones del empresario.

2- Ajenidad en el riesgo y beneficio de la actividad.

3- Personalísimo, no puede realizarse el trabajo por otra persona.

4- Empleo de medios materiales del empresario

5- Retribución. Siempre una parte fija.

En el contrato laboral, el empresario tiene que pagar la nómina, y cotizar los seguros sociales para que en caso de enfermedad o accidente, pueda el trabajador tener una pensión. En este caso, el trabajador sólo pone su tiempo y su trabajo.

Contrato mercantil

El contrato mercantil, se caracteriza por:

1- Hace su trabajo con libertad, pero siguiendo las indicaciones y objetivos de la otra empresa.

2- La empresa o autónomo que hace el trabajo, asume el riesgo. No hay ajenidad.

3- El trabajo puede realizarlo el empresario o autónomo al que se lo han encargado, u otra persona de la empresa.

4- Empleo de medios materiales del encargado de realizar el trabajo.

5- La retribución puede tener una parte fija, pero no hay obligación legal al respecto.

En la relación mercantil, se pagará el precio acordado, el IVA, y en caso de autónomos, la retención IRPF a hacienda. En este caso, la empresa encargada pone: tiempo, medios materiales y humanos, riesgos y ventura.

Entonces ¿Contrato laboral o mercantil?

Si aún no te has decidido entre contrato laboral o mercantil, puede que esta figura intermedia te convenza: el autónomo económicamente dependiente. Se trata de un trabajador autónomo (no puede ser nunca una empresa, ni formar parte de ella), que realiza la mayoría del trabajo y facturación (al menos el 75 % de sus ingresos), a una sólo empresa o cliente. Es una figura interesante que abordaremos en un post independiente, para poder explicar todos sus matices.

contrato laboral o mercantil

Consejos

1- Estudiar con tranquilidad que obligaciones y derechos va a asumir cada parte, consultar las características de los dos tipos de contratos, y a partir de ahí, decidir si se hace un contrato laboral o mercantil.

2- Fijar el contrato siempre por escrito, con delimitación de todos los detalles. Podemos ayudaros en la redacción. Contáctanos sin compromiso.

3- Calcular costes de un contrato laboral o mercantil: seguros sociales, IVA, retención irpf, si hay dietas, etc.

4- Registrar el contrato en caso de que sea laboral o autónomo económicamente dependiente.

5- Por último, llamar a las cosas por su nombre!

Espero que os haya servido, y que compartáis este artículo en facebook y twitter. Se admiten sugerencias sobre nuevos post, y consejos para el futuro. Muchas gracias
por leernos.

Seguramente, lector, te estarás preguntando, si nos referimos al suelo de verdad, o a las cláusulas bancarias, denominadas «cláusulas suelo». Pues bien, estás en lo cierto, nos referimos a la suciedad que dejan los bancos en las hipotecas. Vamos a ayudarte a entender que es una cláusula suelo, de dónde viene, y como eliminarlas.

 

¿Qué es una cláusula suelo?

En tu hipotecas, pagas una parte de principal del préstamo, y otra parte de intereses. Este interés, lo marca la escritura con la referencia a cuestiones como: EURIBOR; IRPH, ect, que son variables, y te ponen además una cantidad fija. Ej: euribor + 2 %. Además, el banco siempre, te impone un máximo (que suele ser imposible de alcanzar) lo que beneficia a la entidad bancaria, y un mínimo, que suele ser bastante más alto que el índice de referencia (euribor por ej.) + el % fijo. Esto, es la cláusula suelo.

Veamos un ejemplo: tienes un interés del euribor (0,5 %)+ 1,5 % = 2 %. Pero tu cláusula suelo, dice que el mínimo interés que vas a pagar es del 4 %. Por eso, por mucho que baje el euribor, jamás vas a pagar en intereses menos del 4 % del principal.

¿Por qué es tan mala la clausula suelo?

Porque siempre vas a pagar un mínimo de interés muy alto. Dejas de pagar principal para pagar más intereses, por lo que en global, pagas más que si el interés fuera más bajo. En el ejemplo anterior, lo vemos con más claridad.

¿Qué cantidad puedo ahorrar eliminando la cláusula suelo de mi hipoteca?

Atendiendo al caso anterior, si nos dejaran de aplicar la cláusula suelo, ahorraríamos un 2 % del interés, que es la diferencia entre uno y otro interés. Para que lo veamos más claro, sigamos el ejemplo:

Tienes que amortizar 100.000 euros de principal,( es decir, la cantidad que te han prestado), en un plazo de 20 años, con un interés del 0,5 % (euribor) más 1,5% (diferencial), es decir, un total del 2% de interés. La cantidad que tienes que pagar  ascendería a un total de 505,88 € al mes, es decir, estarías pagando 21.411,20 €  en concepto de intereses, según el simulador de hipotecas.

Con esta clausula suelo, puesto que los intereses serían del 4%, la cantidad a pagar al mes seria de 605,98 € al mes, 45.435,20 € solo en concepto de intereses, 24.024 € más de lo que pagarías sin la cláusula suelo.

¿Cómo puedo eliminar mi cláusula suelo para pagar menos al banco?

Para ello, puedes seguir estos 4 pasos:

1.-Reclamar al director de la sucursal del banco donde tengamos la hipoteca, hablando directamente con él. Hablando se entiende la gente. Si esto no da resultado, pasamos al siguiente paso.

2.- Reclamar la eliminación de la cláusula suelo al defensor del cliente del banco.

3.– Si la respuesta del anterior fuera negativa, acudir al Banco de España, y recurrir ante el comisionado para la defensa de clientes de servicios bancarios.

4.- Recurrir a la vía judicial.

Podemos ayudarte con todas estas reclamaciones.

En este post, hemos abordado la explicación de la cláusula suelo, el ahorro que tendrías eliminándola y cómo hacerlo. Dejamos para una próxima e inminente entrega, la reclamación de las cantidades cobradas de más por el banco, por la existencia de una cláusula suelo, dando respuesta a la pregunta de ¿la eliminación de la cláusula suelo, es retroactiva?

 

¿Es bueno un abogado de oficio?

Existe la falsa creencia de que el abogado de oficio no se esfuerza igual. Señalada la falsedad de tal rumor, quiero hablaros sobre el tema. Qué es, en qué situaciones lo puedes pedir, y como hacerlo.

¿Quién es el abogado de oficio?

Será el abogado que te asignarán en caso de que lo necesites, y no conozcas a ninguno. Esta designación de abogado de oficio, puede suceder en dos situaciones distintas.

1ª.- Asistencia al detenido.

Cuando una persona es detenida, y tiene que declarar en comisaría, será preguntada si quiere llamar a un abogado particular. En caso de negativa, se le designará uno de oficio. Este abogado de oficio, es el que está de guardia, y le ayudará en el procedimiento judicial.

2ª.- Presentación de demanda, o de contestación a una demanda.

No sólo cuando una persona es detenida, se le va a asignar un abogado de oficio. En toda otra ocasión, en que alguien necesite un abogado, sea para presentar una demanda (por despido en el trabajo,  para solicitar un divorcio, o frente a una sanción de hacienda…).  También, cuando haya recibido una demanda de otra persona, y tenga que contestarla, podrá solicitar un abogado de oficio. Deberá pedirlo en el Colegio de Abogados de su ciudad o en el Juzgado, a través del Servicio de Orientación Jurídica.

¿Quién paga al abogado de oficio?

En estos casos, y en contra de otra falsa creencia popular, el abogado lo pagará el cliente, a no ser que le asista la justicia gratuita. Se podrá acoger a la ley de asistencia jurídica gratuita, (tendrá gratis el abogado de oficio), si justifica que no supera los límites de ingresos mensuales, que indico a continuación:

  • Una persona podrá tener abogado gratis del turno de oficio, si no gana más de 1060 € mensuales.
  • Si la unidad familiar (es decir, viven bajo el mismo techo) es de hasta 3 personas, si no ganáis entre todos, más de 1300 €.
  • Siendo más de 3 personas, no debéis superar en ingresos más de 1600 € mensuales para poder tener gratis el abogado.

Por tanto, el abogado de oficio, no es gratis, a no ser, que en la familia tengáis unos ingresos inferiores a los comentados.

Conclusión

El abogado de oficio te ayudará y defenderá igual que el abogado particular que tú elijas, contrates y pagues. Esta profesión es vocacional, quien ejerce en el turno de oficio, lo hace con gran pasión y ganas de ayudar. Para cualquier duda sobre esta u otra materia jurídica no dude en contactarnos.

 

Te ayudamos a salir de un registro de morosos

Hace unos días un cliente, me llamó muy preocupado porque en el banco no le concedían un préstamo. El motivo era que aparecía como moroso en un fichero de morosidad. Vamos a explicar qué es un registro de morosidad, como averiguar si estás en uno, y como salir de un registro de morosos.

1- ¿Qué son los ficheros o registros de morosos?

 Entre otros: ASNEF-EQUIFAX o EXPERIAN-BADEXCUG. son registros, donde las grandes empresas ceden datos y publican las deudas que sus clientes dejan. Fácil ejemplo: te vas de movistar, ellos te reclaman una penalización, y no la pagas. Es muy probable que movistar coja un berrrinche y te incluya como moroso en uno de estos ficheros.

2- ¿Cómo se suele enterar la gente de qué está en un registro de morosos? 

Cuando vas a darte de alta o a cambiar de titularidad la luz o el agua, pides un crédito, o quieres cambiar de compañía telefónica…puede que te digan que no te puede dar de alta, o que tienes que pagar mucho más de lo normal, en caso de hacerte un seguro por ejemplo.

Puede que te digan que apareces como deudor en un fichero o que no. Si no te dan el motivo, debes insistir, y si te lo dan, preguntar en qué registro de morosidad concreto apareces.

3.- ¿Cómo saber en qué registros de morosos aparezco y con quien tengo la deuda?

Este paso, es fundamental. Vamos a obtener la información necesaria, para poder solucionar el problema.

Si sabes el registro de morosos en el que apareces, deberás mandar una carta, ejercitando tu derecho de información (en materia de protección de datos), para saber quién ha solicitado tu inclusión en el fichero, y quién ha consultado sobre ti (si precisas un modelo de esta carta, contáctanos por privado). Si en 10 días, no te han contestado, presenta una denuncia en la agencia española de protección de datos (también podemos ayudarte con esto).

4.- ¿Veracidad de la deuda?

Una vez, obtenida la información sobre el registro, y con quién constan las deudas, tenemos que analizar, si la deuda es cierta y te la habían comunicado. Si es así, tu solución es cancelar los datos una vez pagada la deuda. Si la deuda no es cierta,  es conveniente que la impugnes, o bien, en consumo, o bien, en el juzgado (es sencillo, podemos hacerlo por ti, o facilitarte modelos de escritos), y ya, podrás pedir que la cancelen.

5.- Solicita la cancelación de la deuda.

Eliminada la deuda, o iniciada la discusión de su existencia, debes mandar otra carta al registro de morosidad informando de esta situación,y solicitando la cancelación de tus datos. Si no lo hacen, puedes denunciarlo ante la Agencia de protección de datos.

6.- Reclamar una indemnización

Siempre que la inclusión haya sido ilegal, podrás reclamar una indemnización por daños y perjuicios mediante demanda judicial tanto al registro de morosidad y a la empresa. Deberás justificar muy bien porqué te han perjudicado y cuantificar con exactitud la indemnización. Por ejemplo: aparecías en un registro de morosos injustamente, y te han cobrado un seguro 200 € más caro, e ibas a abrir un negocio, y no te han dejado dar de alta la luz y el agua, hasta que has conseguido eliminar tus datos del fichero, lo que te ha supuesto un retraso de 3 meses en la apertura de tu negocio…

Espero que te haya servido esta información. Estamos siempre a tu disposición. Rápida respuesta, información permanente y preocupación por nuestros clientes (valores de MCT Abogados).

¿Has sufrido un vuelo retrasado?

Consejos para obtener una indemnización automática

¿Quién no ha esperado en el aeropuerto durante horas para coger un vuelo? ¿Quién no ha sufrido por la incertidumbre de cuando saldrá su avión? En los últimos meses, hemos realizado varias reclamaciones a compañías aéreas, ante retrasos en vuelos que han padecido varios clientes.

Ante un vuelo retrasado, te corresponde una indemnización automática, siempre y cuando se cumplan unos sencillos requisitos. Vamos con ellos.

LAS 5 CLAVES PARA RECLAMAR ANTE UN VUELO RETRASADO:

1.- El vuelo retrasado, debe ser mayor a 3 horas, y la distancia del vuelo superior a 1.500 km.  Sin estas circunstancias, podrás reclamar, y podremos conseguir indemnización, pero no es automática. Habrá que justificar el perjuicio ocasionado.

2.- La indemnización es automática, y oscila entre 250 a los 600 €. Depende del tiempo de retraso y la distancia del vuelo. Podrás reclamar más dinero, si puedes justificar daños concretos, como daños morales. Por ejemplo: pérdida de otro vuelo, no disfrute de unas entradas del circo, teatro, partido de fútbol.

3.- Las compañías aéreas, no suelen responder a reclamaciones extrajudiciales: cartas, burofax, llamadas, ni hojas de reclamaciones. Clientes desesperados han llegado al despacho con cartas certificadas, números de registros de quejas, etc, sin haber conseguido nada. Todo lo que gastes en estas gestiones, es dinero perdido, no te lo van a devolver.

4.- La única forma de que paguen, es llevándolos a juicio. Una vez presentamos la demanda por un vuelo retrasado, las aerolíneas, esperan hasta días antes del juicio, o incluso, el mismo día, para ofrecer la indemnización que reclamamos,  o negociar, en caso, de que reclamemos más.

5.- Las reclamaciones colectivas ante vuelo retrasado, surten efecto más rápido. Al reclamar conjuntamente más de 5 personas, las compañías suelen pagar incluso sin necesidad de demanda, con una reclamación extrajudicial bien redactada y con la firma de un abogado. Temen que se difunda este tipo de reclamación, y pagan enseguida.

¿Porqué es importante todo esto?

Esto no lo hemos inventado en MCT Abogados. Tampoco existe una ley española que obligue a las aerolíneas a pagar ante un vuelo retrasado de más de 3 horas. Existe una ley de la Unión Europea, que es aplicada directamente en España, tanto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, como por los Tribunales españoles. Hay miles de Sentencias que avalan lo que indicamos.

Si te ha interesado este artículo, no dejes de leer este otro: Los pasos para reclamar ante un vuelo cancelado.

No aceptes el abogado del seguro

Si has tenido un accidente de tráfico, necesitas la ayuda de un abogado. Y lo más probable, es que tu compañía de seguros te ofrezca el suyo. Aceptarlo puede ser peligroso, pues, casi nunca va a velar por tus intereses, sino por los de tu seguro, que es quien le paga.

Cobertura de defensa jurídica

Tu contrato con la compañía aseguradora (el seguro), en la mayoría de casos, va a recoger la llamada: «cobertura de defensa jurídica». Esta cláusula cubre los gastos del abogado. Esto te permite, elegir entre el abogado que tu compañía te ofrece, y muchas veces impone, o el abogado que tú prefieras. Siempre lo va a pagar tu compañía. El límite, de sus honorarios, vendrá establecido en la póliza.

Las compañías de seguros, en caso de accidente, siempre intentan imponer a su abogado de confianza y que suele estar asalariado por ellos, ya que así, pueden controlar el proceso. No tienes obligación de aceptar el abogado del seguro, por mucho que intenten presionarte.  Lo mejor, es optar por un abogado externo, que nada tenga que ver con la compañía de seguros. Veamos algunos motivos.

6 RAZONES PARA NO ACEPTAR EL ABOGADO DEL SEGURO

1- El abogado del seguro, va a defender a quien le paga, es decir, a la compañía de seguros, y no a ti.

2- Existen convenios entre las compañías de seguros, para pagar lo menos posible, pues unas veces, les toca pagar a unas, y en otras ocasiones, a otras. Se llama corporativismo.

3- Si eliges un abogado externo, no tendrás que pagarlo tú. Lo pagará tu seguro, a través de la cobertura de defensa jurídica. Es importante, que al contratar el seguro, revises que existe esta cláusula.

4-  A un abogado externo y de tu elección

Le interesará tratarte lo mejor posible. Así, volverás a él en otras ocasiones, y lo recomendarás a tus conocidos.

5-El abogado del seguro, lleva infinidad de asuntos como el tuyo. Para él, como para tu compañía de seguros, eres un número de póliza más. Lo normal, es que por ese exceso de trabajo, no puedas casi hablar con él y te sea muy difícil quedar con él. Con suerte, lo verás el día de antes del juicio.

6- El abogado externo pondrá todo su esfuerzo e interés en conseguirte la mejor indemnización, pues, él va a cobrar dependiendo de lo que te consiga. En cambio, el abogado del seguro, va a cobrar siempre la misma nómina mensual.

Para concluir

Estos son algunos de los motivos, que consideramos importantes, para aconsejar a nuestros clientes, que no se queden con el abogado que les pretende imponer su compañía. En MCT Abogados, tenemos gran experiencia en temas de seguros, y de accidentes de tráfico. Somos conscientes de los difíciles momentos que pasan los clientes en estos casos, y además de asesorar jurídicamente, tratamos de ayudar. Nos preocupa el estado del cliente, y por eso, ponemos mucho esfuerzo en dar un trato especial y atento.

Prevenir problemas en el alquiler de una casa o local. 

Durante este 2015, hemos atendido en el despacho a varios clientes por problemas alquiler. En un caso, los inquilinos han realizado obras no autorizadas y actividades molestas. Otro, desarrolla su actividad comercial en un local, del que casi se ha visto desahuciado por el banco, por no haber inscrito el contrato en el Registro de la Propiedad.

Vamos a exponer algunas advertencias para evitar problemas alquiler. Es preciso advertir la necesidad de una revisión concreta y personalizada, adaptada a tu situación. 

Consejos para el arrendador destinados a evitar problemas alquiler

1- Para garantizar el cobro del alquiler,  pide el contrato laboral, nómina o aval del inquilino.

2- Estado de la vivienda/local. Es conveniente hacer un inventario con fotos de todos los muebles, electrodomésticos y menaje.

3- Plazo del contrato alquiler. Es conveniente que se prorrogue año por año. Por si no estás cómodo con el inquilino.

4- Incluir una cantidad indemnizatoria que deberá pagarte el inquilino si no cumple el contrato.

5- Prohibir la realización de obras, y actividades comerciales.

6- Indicar que la realización de actividades molestas, serán causa de resolución del contrato.

7- Cláusula que permita al propietario, entrar cada cierto tiempo para comprobar el estado de la vivienda o local.

Consejos para el inquilino con los que prevenir problemas alquiler

1- Comprobar del Registro de la Propiedad, quién es el propietario, y si el inmueble tiene hipotecas o embargos.

2- Exigir la inscripción del contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad.

3- Antes de firmar, comprobar que funcionan todas las instalaciones y que tiene todo lo necesario.

4- Cuidado con la cláusula de resolución anticipada del contrato para el arrendador en caso de dejar la vivienda a algún familiar. Pide 6 meses, para tener margen para encontrar otra vivienda.

5- Incluir indemnización para el caso de que el arrendador decida terminar el contrato sin respetar el plazo señalado.

 

Consejos generales

Vamos a terminar, con unas advertencias que no se deben olvidar en problemas alquiler, para ambas partes:

1- Firma todas las páginas del contrato.

2- Quién paga cada uno de los gastos: agua, luz, gas, calefacción, comunidad, IBI, etc.

3- Si hubiera interés en vender y/o comprar, incluir la opción del derecho de adquisición preferente, que posibilita al inquilino, comprar la casa con preferencia sobre otros interesados.

4- Si se va a permitir la cesión o subrogación del alquiler.

 

Conclusión

¿Había pensando en todas estas cuestiones? Quizás en alguna o muchas, pero no en todas. Somos expertos en contratos  (entre otros, alquiler), vemos a diario estas cuestiones, y las adecuamos a la perfección a su caso para evitar problemas alquiler. Anticipamos los problemas para que no tenga que acabar en el Juzgado.

En MCT Abogados, asesoramos en la redacción de sus contratos de alquiler y de otro tipo, y en caso de ser necesario resolver algún inconveniente con inquilinos o arrendador, intervenimos para buscar la mejor solución. Desde el inicio fijamos la hoja de ruta del asunto, informamos en todo momento, y ofrecemos un trato al cliente, continuo y excelente. Puede comprobarlo de las opiniones de nuestros clientes en este directorio de abogados.