4 preguntas clave sobre el FOGASA

La empresa me debe salarios y una indemnización, y no me la paga. ¿Puedo cobrar del FOGASA?

Es una pregunta muy común. Para saber si vas a poder cobrar del Fondo de Garantía Salarial, FOGASA, hacemos el siguiente cuestionario.

¿Quieres saber si vas a cobrar del FOGASA?

Responde estas 4 preguntas

1º- ¿La empresa sigue funcionando? En estos casos, aunque se haya cambiado el nombre, creado otra sociedad, o trasladado a otro local, sigue siendo la misma empresa. Y, por tanto, existe una sucesión empresarial encubierta. Si así fuera, tienes que impugnar el despido (y reclamar los salarios adeudados en su caso), y demandar a la empresa antigua, a la nueva y al empresario.  En MCT Abogados, te ayudamos.
2º – La empresa no está funcionando, pero, ¿ha presentado concurso de acreedores?

3º- Si ha presentado Concurso, ¿cómo puedo cobrar?  Se deberá reclamar en el Juzgado de lo Social las deudas y el despido, y a su vez, comunicar a la Administración Concursal esta situación. Te ofrecemos los servicios de MCT Abogados, para recuperar tu dinero en esta situación.

4º- ¿Y si no ha presentado el concurso? Se deberán reclamar las deudas y la indemnización por el despido mediante demanda ante el Juzgado de lo Social. El juez reconocerá las deudas, y si la empresa no tiene dinero ni bienes con los que pagar,  declarará que es insolvente.

 

 FONDO DE GARANTÍA SALARIAL

Declarada la insolvencia de la empresa, se podrá reclamar el pago de las deudas al FOGASA. Es un organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, que garantiza a los trabajadores el cobro de salarios e indemnizaciones pendientes de pago en caso de insolvencia o concurso de acreedores del empresario.

Tiene los siguientes límites para  2015:

1-  El salario día no puede superar el doble del salario mínimo interprofesional, 50,45 €. Con el límite máximo de 6.042 €.

2- En cuanto a indemnización por despido, el límite será de 18.377,75 €.

Para reclamar al FOGASA, hay que cumplimentar una solicitud, con los datos personales y judiciales. Se debe aportar documentos originales del Juzgado.

El plazo para resolver es de tres meses. Acabado dicho plazo, se entenderá aceptada la petición pero, tendrás que esperar a que quieran pagarte, o bien, reclamarlo en el Juzgado.

Te ayudamos

En MCT Abogados, tratamos a diario estos asuntos. La situación económica ha llevado a muchas empresas a cerrar la persiana, y  dejar a los trabajadores murcianos en esta tesitura. Confía en nosotros, conseguimos recuperar tu dinero. Nuestro principal valor es el cuidado y la atención continua de nuestro cliente.

Te informamos

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