Derecho al olvido en internet
Guía básica para ejercitar el derecho al olvido digital
Nos han contactado varios clientes, solicitando información para ejercitar su derecho al olvido. Entre otros, un empresario que se dedicaba a la construcción, y ahora, tras años de reciclaje, se dedica a la abogacía, nos comenta que su nombre en Internet sale relacionado con muchas noticias del sector de la construcción. Y, como abogados de nuevas tecnologías, nos pide que le ayudemos a retirar esas noticias con su nombre.
¿Qué es el derecho al olvido en Internet?
Es el derecho a cancelar y oponerse a que tus datos personales (especialmente nombre), consten publicados en Internet con una noticia anticuada o que carezca de interés. Hablamos de una noticia real y veraz, no de opiniones o descalificaciones, ni de cuestiones de la vida personal e íntima, que estarán protegidas directamente por el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar.
El origen del derecho al olvido digital
El origen efectivo de este derecho, está en la lucha de un ciudadano español, Mario Costeja, que durante años ha estado enfrentándose a Google. En 1998, el diario La Vanguardia, publicaba unos embargos de la Seguridad Social frente a él, pagándolos poco después. Pero, no es, hasta 2009, cuando Mario se percata de que poniendo su nombre en Google aparece esta noticia, e inicia la batalla legal frente a Google y el periódico para que eliminen su datos.
Tras pasar por la Agencia Española de Protección de Datos, y la Audiencia Nacional, es el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el año 2014, quien da la razón a Mario. La Sentencia obliga a Google a que desindexe (no relacione) la noticia del embargo, al introducir el nombre de Mario Costeja en el buscador de internet. Pero, sólo frente a Google, y no frente al periódico. Tampoco obliga a eliminar la noticia del buscador, sino simplemente, que no aparezca introduciendo como búsqueda el nombre del solicitante.
Sentencia del Tribunal Supremo de Octubre de 2015
Hasta esta fecha, muchos ciudadanos españoles y europeos (de la Unión Europea), han venido ejercitando su derecho al olvido frente a los motores de búsqueda (google, bing, yahoo…), pero no podían hacerlo frente a la publicación original, en el caso anterior, el periódico La Vanguardia.
Con esta Sentencia del Supremo, se cambia esa doctrina, ahora también, los responsables de las publicaciones originales si el perjudicado lo pide, tienen que poner las medidas técnicas necesarias para que los buscadores no puedan indexar (encontrar) la noticia al introducir el nombre de la persona afectada.
Intereses en conflicto: derecho al honor vs libertad de información
Por una parte, el ciudadano defiende su derecho al honor y a la intimidad, y en muchos casos a poder rehacer su vida, como ocurre con esta Sentencia del Tribunal Supremo, sobre unas personas que años atrás habían cometido uno delito de tráfico de drogas, también el derecho a la oposición y cancelación de datos, en materia de protección de datos.
Y por otro lado, los buscadores de Internet y otras webs, defienden el derecho a la libertad de información y de expresión para publicar y mantener publicaciones durante años.
Te ayudamos a borrar tus datos en Internet
En MCT Abogados, estudiamos tu caso, valoramos precedentes e intermediamos con los motores de búsqueda (google, bing, yahoo). Y en su caso, iniciamos proceso judicial para defender tu derecho al olvido.
Ene el caso del cliente que comentaba al principio, no es viable su reclamación pues, como el Tribunal Supremo ha dicho: «el derecho al olvido no te permite elegir tu pasado a medida, sino defender tu derecho al honor y a borrar datos y noticias sobre ti en Internet que carecen de interés público.»
Si te ha parecido interesante este artículo, seguro que te gustarán estos otros:
- Derecho al honor en Internet: claves para defenderte.
- Bases legales de un concurso en redes sociales: precauciones y consejos.
- ¿Qué hago si me han suplantado la identidad en facebook u otra red social?
Y si aún tienes dudas de la importancia de tener un abogado especialista, lee nuestro post: 5 razones para tener un abogado especialista en nuevas tecnologías.
Muy bueno
Gracias Diego
Muy buena información
Gracias Samuel
Curiosamente en este asunto del «derecho al olvido» no estoy de acuerdo en absoluto. Todo esto viene directamente relacionado con la facilidad que hay hoy en día, gracias a las tecnologías de la información, para encontrar prácticamente cualquier dato sobre cualquier cosa en cualquier momento y desde cualquier lugar. Si ese «derecho al olvido» sentase jurisprudencia obligando a los buscadores a «desindexar» información y a los publicadores de contenidos a eliminarlo…, ¿por qué no podría yo pedir a todas las hemerotecas del país que destruyesen tal o cual entrada de su índice y que eliminasen tal página de tal periódico de tal fecha?.
Me choca la contradicción del Tribunal supremo al decirnos que no podemos elegir lo que hemos hecho en el pasado, ¿pero sí borrar nuestras huellas?
Por otra parte este caballero, Mario Costeja, antes albañíl (constructor) y ahora letrado, ¿se avergüenza de su pasado como para querer encubrirlo?
En fin…, no podemos estar de acuerdo en todo y considero que posibilitar la eliminación arbitraria de información verídica y contrastada (que no hablamos de opiniones personales ni ataques al honor ni a la dignidad) es en cierto modo la eliminación de una parte de la historia de la humanidad.
Un saludo!
Juan José lo primero, muchas gracias por participar y de esta forma.
El cliente del que iniciamos el artículo hablando, se licenció en Derecho cuando era joven, pero su padre tenía una empresa de construcción y siguió con el negocio familiar. Durante esos años, lo relacionaron con una trama urbanística, sin que en ningún momento le llegaran a imputar ningún delito ni fue llamado por ningún tribunal. Tras el ocaso de la construcción, se recicla y se dedica a la abogacía. Ahora mucha gente, como ocurre contigo o conmigo, pone nuestro nombre en google, y le da toda la información que cualquier medio de comunicación o cualquier persona ha publicado sobre nosotros. En este caso, ha perdido muchos clientes porque en un momento pasado y enterrado de su vida, algún medio le relacionó con una trama de corrupción, sin que haya tenido finalmente nada que ver. En este caso, ¿quién tiene más derecho constitucionalmente el medio de comunicación a mantener publicada una noticia de hace 10 años que está al limite entre el sensacionalismo y la realidad, o el derecho al honor de este abogado que se ve manchado por insinuaciones de un periódico? Este es el debate sobre el derecho al olvido. ¿qué se debe olvida y qué no?
Por otro lado, hemos hablado de Mario Costeja (que no es cliente ni conocido nuestro), que es la persona que llegó hasta el Tribunal Superior de Justicia, y provocó el nacimiento del derecho al olvido.
En cualquier caso, Juan José, yo sí creo que tiene que haber un derecho al olvido, no todo lo que se dice de una persona debe permanecer en la red. La cuestión es valorar en cada caso concreto que debe primar si el derecho a la información o el derecho al honor.
Insisto, gracias por abrir este bonito debate.
Me ha servido muchisimo, os llamaré llevaba tiempo dandole vueltas a eso y no sabía como hacerlo. Me ha pasado algo parecido con una información publicada.
Gracias
De nada, Raimundo. Igual que en la vida off-line cuidamos nuestra imagen, hay que hacerlo también en la vida on-line. Y esta es una manera de hacerlo.