Recupera los gastos de hipoteca
Recupera el dinero de los gastos de hipoteca
Es fácil y seguro
Además de cláusulas suelos, puedes reclamar que te devuelvan los gastos de hipoteca: Notaría, Gestoría, Tasación y Registro de la Propiedad.
Se acerca el plazo para reclamar por estos gastos de hipoteca, el plazo a marcar en el calendario es el 28 de diciembre. De lo contrario, se perdería la oportunidad de reclamar tanto los gastos de constitución de las hipotecas, la cláusula suelo, la comisión de apertura, así como el IRPH.
Para todas aquellas hipotecas firmadas antes del año 2015 si vienes a nuestras oficinas, el departamento de bancario te ayudará a recuperar estos gastos.
El plazo acaba en apenas una semana, es importante saber cómo se puede interrumpir este plazo a través de una reclamación extrajudicial a la entidad bancaria.
Según la Jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos así como la legislación de consumidores y usuarios, la cláusula que nos obliga a los consumidores a asumir esos gastos, es nula, y por tanto, deben devolvernos ese dinero.
Cuestiones básicas para reclamar los gastos de hipoteca
1.- ¿Cuáles son los gastos de hipoteca que puedo recuperar?
- Notaría: Elevación a público del contrato de préstamo con garantía hipotecaria, «la hipoteca».
- Registro de la Propiedad: anotación en el Registro de la Propiedad de la hipoteca.
- Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
- Gestoría. Que suele colaborar con el banco, y que se encarga de gestionar estas cuestiones.
2.- ¿A cuánto asciende ese dinero que puedo recuperar?
Depende del importe del préstamo hipotecario. Por ejemplo: en una hipoteca de 150.000 €, los gastos descritos en el punto anterior, pueden rondar los 3.000 €.
3.- ¿Porqué puedo recuperar esos gastos?
Porque el Tribunal Supremo ha dicho que son nulas.
Se ha expresado de la siguiente manera en distintas Sentencias:
«…son nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados».
Igualmente, así lo ha estipulado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su reciente Sentencia (Sala Cuarta) de 16 de julio de 2020, pues se pronuncia sobre este extremo diciendo que “el artículo 6, apartado 1, y el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 93/13 deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que, en caso de nulidad de una cláusula contractual abusiva que impone al consumidor el pago de la totalidad de los gastos de constitución y cancelación de hipoteca, el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esta cláusula […].”
4.- Me han dicho que sólo me darán la mitad ¿es cierto?
La respuesta es no. Tal y como vienen estableciendo el Tribunal Supremo y las Audiencias Provinciales, te corresponde el total de la gestoría, el total del registro, el total de la tasación y únicamente la mitad de la Notaría.
5.- Pero, yo nunca pagué esos gastos, los pagó el banco y me los cargó en el préstamo hipotecario, ¿en ese caso también puedo reclamarlos?
Si claro que sí. Aunque en su momento no desembolsaras el dinero, sí lo has hecho con las cuotas de la hipoteca que has pagado mensualmente.
6.- ¿Y si mi hipoteca es muy antigua? ¿no se me ha pasado ya el plazo para reclamar?
No, al decretarse la nulidad de la cláusula, no se aplica la prescripción, por tanto, podrás reclamar sea de cuando sea tu hipoteca (siempre y cuando te cobrarán o cargaran esos gastos de hipoteca).
7.- ¿Y si ya he terminado de pagar mi hipoteca?
Tampoco se te ha pasado el plazo, puedes reclamar en cualquier momento, y recuperar ese dinero.
8.- Y lo que es más importante ¿Cómo puedo reclamar?
De 2 maneras:
1.- Reclamar extrajudicialmente asesorado por nuestro departamento de Derecho Bancario. Presentando una reclamación formal ante el banco, para solicitar la devolución de los gastos.
2.- Reclamar judicialmente. Llegados a este punto, el banco no tendrá más salida: si paga pronto, mejor, antes cobras. Y si espera a la Sentencia, mejor aún, pues cobrarás lo mismo, más intereses y las costas.
TE AYUDAMOS CON LA RECLAMACIÓN FRENTE AL BANCO. VEN A NUESTRAS OFICINAS, TE REDACTAMOS LA CARTA FRENTE AL BANCO.
Contacta con nosotros en este enlace, o llámamos al 868 17 18 17, te ayudaremos a recuperar lo que es tuyo.
Buenas tardes, con vuestro artículo me habéis sacado de dudas, muchas gracias.
Hola Antonio,
de nada, gracias a ti. Estamos aquí para ayudar y arrojar luz sobre las cuestiones jurídicas más comunes.
Muchas gracias con el artículo, con el despejamos todas las dudas que tenía
saludos
Hola Iñaki, deseamos que sirva para aclarar las dudas que los ciudadanos puedan tener. Casi todas las hipotecas tiene la cláusula que obliga al usuario a pagar todos los gastos de formalización de hipoteca. y ya ha dicho el Tribunal Supremo que esa cláusula es abusiva. Cada uno sabrá sí quiere dejar al banco que se quede todo ese dinero o no. un fuerte abrazo
Gran artículo
Gracias por seguirnos y leer nuestro blog. es un placer.
Excelente guía, que no he tenido más remedio que difundir entre las redes sociales 😉
Muchas gracias por la difusión compañero. un fuerte abrazo