Novedades en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios

Hace tan sólo unos días, el 20 de enero, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 1/2021, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, por el que se introducen modificaciones en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

El Real Decreto-Ley 1/2021 pretende reforzar la garantía de la defensa de la personas consumidora y proteger más eficazmente los intereses de la más vulnerable.

Una de las principales novedades es la inclusión del concepto de la persona consumidora «vulnerable» en la normativa estatal.

Este aspecto deberá ser objeto de especial atención tanto por parte de autoridades públicas como de empresas privadas en las relaciones de consumo. Leer más

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Recupera el dinero de los gastos de hipoteca

Es fácil y seguro

Además de cláusulas suelos, puedes reclamar que te devuelvan los gastos de hipoteca: Notaría, Gestoría, Tasación y  Registro de la Propiedad.

Se acerca el plazo para reclamar por estos gastos de hipoteca, el plazo a marcar en el calendario es el 28 de diciembre. De lo contrario, se perdería la oportunidad de reclamar tanto los gastos de constitución de las hipotecas, la cláusula suelo, la comisión de apertura, así como el IRPH.  plazo gastos hipoteca

Para todas aquellas hipotecas firmadas antes del año 2015 si vienes a nuestras oficinas, el departamento de bancario te ayudará a recuperar estos gastos.

El plazo acaba en apenas una semana, es importante saber cómo se puede interrumpir este plazo a través de una reclamación extrajudicial a la entidad bancaria.

Según la Jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos así como la legislación de consumidores y usuarios, la cláusula que nos obliga a los consumidores a asumir esos gastos, es nula, y por tanto, deben devolvernos ese dinero.

Cuestiones básicas para reclamar los gastos de hipoteca

1.- ¿Cuáles son los gastos de hipoteca que puedo recuperar?

2.- ¿A cuánto asciende ese dinero que puedo recuperar?

Depende del importe del préstamo hipotecario. Por ejemplo: en una hipoteca de 150.000 €, los gastos descritos en el punto anterior, pueden rondar los 3.000 €.

3.- ¿Porqué puedo recuperar esos gastos?

Porque el Tribunal Supremo ha dicho que son nulas.

Se ha expresado de la siguiente manera en distintas Sentencias:

«…son nulas las cláusulas que imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados».

Igualmente, así lo ha estipulado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su reciente Sentencia (Sala Cuarta) de 16 de julio de 2020, pues se pronuncia sobre este extremo diciendo que “el artículo 6, apartado 1, y el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 93/13 deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que, en caso de nulidad de una cláusula contractual abusiva que impone al consumidor el pago de la totalidad de los gastos de constitución y cancelación de hipoteca, el juez nacional niegue al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esta cláusula […].”

4.- Me han dicho que sólo me darán la mitad ¿es cierto?

La respuesta es no. Tal y como vienen estableciendo el Tribunal Supremo y las Audiencias Provinciales,  te corresponde el total de la gestoría, el total del registro, el total de la tasación y únicamente la mitad de la Notaría. 

5.- Pero, yo nunca pagué esos gastos, los pagó el banco y me los cargó en el préstamo hipotecario, ¿en ese caso también puedo reclamarlos?

Si claro que sí. Aunque en su momento no desembolsaras el dinero, sí lo has hecho con las cuotas de la hipoteca que has pagado mensualmente.

6.- ¿Y si mi hipoteca es muy antigua? ¿no se me ha pasado ya el plazo para reclamar?

No, al decretarse la nulidad de la cláusula, no se aplica la prescripción, por tanto, podrás reclamar sea de cuando sea tu hipoteca (siempre y cuando te cobrarán o cargaran esos gastos de hipoteca).

7.- ¿Y si ya he terminado de pagar mi hipoteca?

Tampoco se te ha pasado el plazo, puedes reclamar en cualquier momento, y recuperar ese dinero.

8.- Y lo que es más importante ¿Cómo puedo reclamar?

De 2 maneras:

1.- Reclamar extrajudicialmente asesorado por nuestro departamento de Derecho Bancario. Presentando una reclamación formal ante el banco, para solicitar la devolución de los gastos.

2.- Reclamar judicialmente. Llegados a este punto, el banco no tendrá más salida: si paga pronto, mejor, antes cobras. Y si espera a la Sentencia, mejor aún, pues cobrarás lo mismo, más intereses y las costas.

TE AYUDAMOS CON LA RECLAMACIÓN FRENTE AL BANCO. VEN A NUESTRAS OFICINAS, TE  REDACTAMOS LA CARTA FRENTE AL BANCO.

Contacta con nosotros en este enlace, o llámamos al 868 17 18 17, te ayudaremos a recuperar lo que es tuyo. 

 

MCT Abogados

MCT Abogados presenta su nueva página web abogados y blog.

Nuestra firma, MCT Abogados, nació hace tres años en Cartagena, donde, tenemos el despacho en la C/. Floridablanca, nº 35, de la localidad de Los Dolores, sin embargo, con nuestra web abogados, la demanda de trabajo nos ha llevado a muchos puntos de la Región de Murcia y a algunos lugares de otras comunidades.

Por ello, con el objetivo de dar un mejor y más centralizado servicio, hace unos meses, abrimos una nueva oficina en Murcia. Leer más